POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL DECRETO 989 DE 2020 Y SE INCORPORA AL MANUAL DE FUNCIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE -IMRD DISPOSICIONES QUE EL MISMO TRAE CONSIGO REFERENTE AL CARGO DE AUDITOR DE CONTROL INTERNO O QUIEN HAGA SUS VECES
Vista previa(abre en una nueva pestaña) Resolución No. 089 de 2020
El Director del INSTITUTO MUNICIPAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE IMRD en uso de sus facultades Legales y Constitucionales y en especial las conferidas en la Circular No. 007 de diciembre 01 de 2014 y
CONSIDERANDO
El presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las competencias asignadas en el Numeral 11 del Articulo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo del artículo 149 del Decreto Ley 403 de 2020 expedido en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas en el parágrafo transitorio del artículo 268 de la Constitución Política, modificado por el artículo 2º del Acto Legislativo 04 de 2019, se dictaron normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal, y se consagró en el artículo 61 que el ejercicio del control concomitante y preventivo deberá articularse con el sistema de control interno, con el fin de que este sirva de insumo complementario, coherente y efectivo para el control fiscal externo sobre aquellos hechos u operaciones, actos, contratos, programas, proyectos o procesos de ejecución en los que se involucren recursos públicos y/o se afecten bienes o intereses patrimoniales de naturaleza pública. Así mismo, la vigilancia y el seguimiento permanente por parte de la Contraloría General de la República deberá contribuir a la armonización y eficacia del sistema de control interno de gestión.
Para lo cual fue expedido el DECRETO 989 de 2020, disponiéndose entre otras la ACTUALIZACION del MANUAL DE FUNCIONES con la incorporación del mismo en un plazo no mayor a (30) días calendario a partir de su publicación por parte de las entidades territoriales, entre las cuales se encuentra el INSTITUTO MUNICIPAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE IMRD, en su condición de ESTABLECIMIENTO PUBLICO DEL ORDEN MUNICIPAL conforme lo regla la Ley 181 de 1995, el ACUERDO MUNICIPAL 014 de 1996 y los ESTATUTOS de la Entidad misma.
A través de la presente RESOLUCION, se Adiciona a la Resolución No. 026 de 2020 denominada “POR MEDIO DE LA CUAL SE AJUSTA EL MANUAL DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE, específicamente en la adopción del DECRETO 989 de 2020 en lo que respecta a los asuntos de Control Interno como lo preceptúa el Decreto en mención en su ARTÍCULO 2.2.21.8.6. es decir, modificando con esta incorporación lo relativo al AUDITOR DE CONTROL INTERNO O QUIEN HAGA SUS VECES de la entidad, cargo denominado de forma específica según el MANUAL DE FUNCIONES proferido mediante Resolución No. 026 de 2020 como “ASESOR DE CONTROL INTERNO” código 105, grado 14 en exclusiva quedando de forma íntegra las demás disposiciones contenidas en el referido MANUAL, adoptando las siguientes COMPETENCIAS Y REQUISTOS ESPECIFICOS al cargo de ASESOR DE CONTROL INTERNO del INSTITUTO MUNICIPAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE de la siguiente manera;
ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese el DECRETO 989 de 2020 conforme al contenido y articulado que a continuación se transcribe en su literalidad;
COMPETENCIAS Y REQUISITOS ESPECIFICOS PARA El EMPLEO DE JEFE DE OFICINA, ASESOR, COORDINADOR O AUDITOR DE CONTROL INTERNO O QUIEN HAGA SUS VECES EN LAS ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDENNACIONAL Y TERRITORIALN HAGA
ARTÍCULO 2.2.21.8.1. Objeto y campo de aplicación. El presente capítulo tiene por objeto fijar las competencias y requisitos específicas para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial.
ARTÍCULO 2.2.21.8.2. Competencias para el desempeño del cargo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial. Los aspirantes al empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial deberán demostrar las siguientes competencias